?Cómo cumplir con la certificación de origen del USMCA al exportar maquinaria de construcción a México?
Category: MaquinariaDate: 22 de octubre de 2024 13:54Source: Zhong Shen Comercio Internacional Agencia de Importación y Exportación
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I. Reglas de determinación del origen
En el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), la determinación del origen de los productos de maquinaria para la construcción requiere considerar diversos factores, incluidos el cambio de clasificación arancelaria y el contenido de valor regional. Para las mercancías que utilizan materias primas importadas durante su proceso de fabricación, la determinación del origen se vuelve aún más compleja. A continuación, se presentan los requisitos específicos para la determinación del origen:
1. Cambio de clasificación arancelaria:Después de que el producto sea manufacturado y procesado tras su importación a un país miembro del USMCA, el código HS del producto resultante debe cambiar. Para los productos de maquinaria de construcción (como los camiones-bomba), si las materias primas utilizadas provienen de países no miembros del USMCA, tras su importación a un país miembro y su posterior procesamiento, el código HS del producto final debe pasar de cualquier partida distinta de 8413 a las subpartidas 8413.11 a 8413.82. Esto significa que, siempre que el código HS de la superestructura del camión no sea de la partida 8413 y, tras su fabricación y ensamblaje, el código HS del camión-bomba se convierta en 8413.40.00, se cumplirán los requisitos de determinación del origen.
2. Contenido de valor regional:Si el código HS de la materia prima es 8413.91 o 8413.92, además de cumplir con el cambio de clasificación arancelaria, también se debe satisfacer el criterio del contenido de valor regional. Estos criterios son:
?La proporción según el método del valor de transacción alcanza el 60%; ?La proporción según el método de costo neto alcanza el 50 %.
De conformidad con el artículo 4.2(b) del T-MEC, un producto específico fabricado íntegramente en un país miembro del T-MEC, pero que utilice materiales originarios de países no miembros, puede calificar como originario si cumple con lo establecido en el Anexo 4-B del Capítulo IV. Estas disposiciones son especialmente relevantes para los productos que cambian a las partidas arancelarias 8413.11 a 8413.82 del Sistema Armonizado.
II. Otras reglas que afectan la determinación del origen
Además del cambio de clasificación arancelaria y del contenido de valor regional, también es necesario considerar las siguientes restricciones:
1. Regla de minimis (De Minimis):De conformidad con el artículo 4.12 del T-MEC, si la clasificación arancelaria de los materiales no originarios del producto no ha cambiado y el valor de todos los materiales no originarios no excede el 10 % del valor de transacción del producto terminado o del costo total, el producto podrá seguir considerándose originario.
2、運輸要求(Transit and Transshipment):De conformidad con el artículo 4.18 del T-MEC, los productos deben ser transportados directamente de un país miembro del T-MEC a otro. Si se efectúa tránsito por un país no miembro, los productos deben permanecer bajo supervisión aduanera y no deben haber sido sometidos a ningún procesamiento sustancial ni a operaciones de recarga, reetiquetado, almacenamiento u otras similares, para conservar la determinación de origen.
Ejemplo de aplicación: Determinación del país de origen de las bombas de hormigón
Si la empresa es un fabricante de maquinaria para la construcción, transporta materias primas (como la superestructura de camiones) desde China a México, al mismo tiempo que adquiere chasis de camiones desde Estados Unidos hasta México, y luego los ensambla localmente para formar camiones-bomba (productos de maquinaria para la construcción, código HS 8413.40.00). En este caso:
1. Cambio de clasificación arancelaria:Si la estructura superior del camión de China no tiene el código HS 8413, y el código HS de la bomba montada finalmente se convierte en 8413.40.00, entonces el producto puede cumplir con los requisitos de determinación de origen del USMCA.
2. Contenido de valor regional:Si la estructura superior del camión tiene un código HS 8413.91 o 8413.92, además de cumplir con el cambio de clasificación arancelaria, también se debe asegurar que el contenido de valor regional alcance el estándar requerido.
3. Regla de trazas:Si el valor de todos los materiales no originarios no excede el 10 % del valor de transacción del producto terminado o del costo total, la bomba de hormigón móvil aún puede ser considerada como producto originario.
4. Requisitos de transporte:Asegúrese de que la bomba de hormigón se transporte directamente desde México hacia Estados Unidos o Canadá y que, durante el tránsito, permanezca bajo supervisión aduanera sin haber sido sometida a procesamiento ni manipulación sustancial.
En resumen, siempre que se cumplan los requisitos de cambio de clasificación arancelaria y el criterio de contenido regional, puede considerarse que el producto es originario de México. Esto no solo ayuda a reducir los aranceles, sino que también mejora la competitividad del producto en el mercado norteamericano. Garantizar el estricto cumplimiento de todas las disposiciones del T-MEC es clave para alcanzar este objetivo.