Se analiza detalladamente las disposiciones principales del Reglamento de Ejecución sobre Subsidios Gubernamentales de la UE, con especial énfasis en los requisitos de divulgación de información en operaciones de fusión y adquisición y en procedimientos de contratación pública. Se incluye la información básica para la notificación de operaciones de fusión y adquisición, los umbrales de notificación, la información sobre la financiación pública extranjera y los datos para evaluar el impacto de dicha financiación en el mercado de la UE. Asimismo, se examinan con especial atención los requisitos de divulgación de información en los procedimientos de contratación pública.
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Toggle1. Información básica de la transacción de fusión y adquisición: incluye un resumen de la transacción de fusión y adquisición correspondiente, la información básica de las partes involucradas en la transacción, así como los detalles de la transacción de fusión y adquisición, especialmente la obtención del control.
2、Información sobre el umbral de notificación: Las Reglas de Implementación no detallan específicamente los criterios de notificación para la facturación y el monto total de la ayuda financiera; tanto la facturación total como el monto total de la ayuda financiera deben calcularse sobre la base de todo el grupo.
3、Información sobre la financiación extranjera: según el tipo y monto de la financiación, la parte declarante deberá presentar a la Comisión Europea la información correspondiente. Además, los requisitos de divulgación varían según el tipo de financiación.
4. Información para evaluar el impacto de la subvención financiera extranjera en el mercado de la UE y sus posibles efectos positivos: incluye si existen licitaciones en las operaciones concentradas, la situación del negocio y la facturación de la empresa objetivo y del notificante, entre otros aspectos. El notificante también puede alegar los posibles efectos positivos que dicha subvención financiera podría tener en el mercado de la UE.
La declaración en los procedimientos de contratación pública se centra principalmente en las ayudas fiscales con mayor efecto distorsionador. Cuando el monto total de las ayudas fiscales recibidas por un licitante no alcanza el umbral de declaración correspondiente, deberá presentar una declaración en la que indique que no ha alcanzado dicho umbral y lo acredite revelando las ayudas fiscales pertinentes recibidas.
El Reglamento de Ejecución aclara además que las operaciones que involucren fondos de inversión o empresas controladas por fondos de inversión no necesitarán notificarse, siempre que se cumplan ciertas condiciones, cuando se trate de la obtención de ayudas financieras extranjeras por parte de otros fondos de inversión gestionados por la misma sociedad gestora de inversiones pero con distintos inversores (o por las sociedades de cartera controladas por dichos fondos de inversión).
1、Negociación previa con la Comisión: La Comisión alienta a las partes en operaciones de concentración y en procedimientos de contratación pública a celebrar una negociación previa, especialmente para determinar el alcance de la información relativa a las ayudas financieras que debe proporcionarse, con el fin de reducir la cantidad de información que las partes deben presentar.
2、Exención de la obligación de presentar información específica: El Reglamento de Ejecución establece que la parte notificante puede solicitar por escrito a la Comisión que se le exima de la obligación de presentar información específica. Por ejemplo, si la parte notificante puede aportar razones suficientes que demuestren que la información relevante no puede obtenerse razonablemente o que dicha información no es necesaria para la tramitación del caso, la Comisión podría eximir el requisito de presentar dicha información.
Aunque el Reglamento de Implementación, en comparación con el Reglamento de Implementación (versión para comentarios), introdujo algunas mejoras en los requisitos de presentación y redujo la carga para quienes presentan la solicitud, las empresas aún enfrentan numerosos retos e incertidumbres durante el proceso real de declaración. Las empresas exportadoras sugieren:
1. La empresa debe llevar a cabo un inventario completo de las subvenciones financieras recibidas conforme a los requisitos específicos del Reglamento sobre Subsidios y de las Reglas de Implementación.
2. Las empresas pueden utilizar los estándares de divulgación de información establecidos en el Reglamento de Implementación para diferentes tipos de subsidios financieros, a fin de filtrar la información que deban reportar, especialmente aquellos subsidios que puedan ser considerados como que distorsionan el mercado.
3. En las operaciones diarias y al planificar transacciones específicas, se debe evitar en la medida de lo posible involucrarse en subsidios fiscales que puedan ser considerados como los que tienen el mayor efecto de distorsión del mercado. Al adquirir bienes y servicios importantes proporcionados por el gobierno o entidades estatales, se deben seguir, en la medida de lo posible, procedimientos de mercado que satisfagan las condiciones de mercado.
4. Si es necesario, la empresa puede utilizar el sistema de consultas previas para comunicarse con la Comisión Europea sobre las necesidades de notificación de la transacción relevante y el alcance de la información que debe proporcionarse. Esto ayudará a reducir la carga de notificación y aumentará la claridad sobre si la transacción requiere notificación.
En términos generales, aunque existen algunos desafíos, las empresas chinas aún pueden invertir y realizar actividades económicas con éxito en el mercado de la UE mediante una planificación y preparación cuidadosas. Al mismo tiempo, también es necesario prestar atención de cerca a la implementación de las “Reglas de Ejecución” por parte de la Comisión Europea, así como a las posibles interpretaciones y cambios en las disposiciones pertinentes.
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